Requisitos montaje sistemas videovigilancia. Instalación cámaras de seguridad Bilbao.

La instalación de cámaras de seguridad en comunidades de vecinos cada vez es más habitual. Zonas como garajes, patios o puertas de acceso suelen ser los lugares más habituales donde se colocan este tipo de dispositivos, con el objetivo de garantizar la seguridad de los propietarios. El problema reside cuando algunas de estas personas se sienten incómodas por su presencia o ven innecesaria esta inversión. Por razones como esta, hoy queremos explicar los requisitos que debe cumplir una comunidad para instalar un sistema de videovigilancia.
El principal inconveniente con estas cámaras de seguridad es que muchas veces pueden vulnerar derechos a la imagen o al honor. Por eso, si hemos decidido apostar por esta tecnología, debemos hacerlo con empresas que cuenten con la experiencia necesaria y conozcan perfectamente la legislación existente.
Normativa para la instalación de cámaras de seguridad
El primer paso a dar para la instalación de un sistema de videovigilancia es contar con el visto bueno de la comunidad. Según la Ley de Propiedad Horizontal, se necesita la aprobación de 3/5 del total de propietarios, que a su vez, deben representar al menos 3/5 de las cuotas de participación. Una vez aprobada esta acción, es recomendable dejarlo todo bien reflejado en el acta para evitar posibles malos entendidos entre los vecinos.
Tras contratar los servicios de una empresa especializada en el montaje de cámaras de videovigilancia para comunidades, toca su instalación. Los dispositivos deben ubicarse en lugares visibles en los sitios seleccionados. Asimismo, habrá que colocar una placa informativa donde aparezca que la persona está accediendo a una zona videovigilada. Junto a este aspecto también debe reflejarse quién ha realizado el trabajo y a dónde dirigirse para ejercer los derechos de imagen, según la ley de protección de datos.
Antes de realizar el montaje hay que dejar claro que solo se pueden grabar imágenes de zonas comunes. Las cámaras no pueden enfocar a la vía pública ni a las viviendas colindantes. Por lugares comunes podemos entender: portales, escaleras, pasillos, patios, trasteros, jardines etc.
Para evitar posibles filtraciones de imágenes que vulneren nuestros derechos, el acceso a las grabaciones solo será para personal autorizado y tendrá que hacerlo con un usuario y contraseña. No todos los vecinos podrán visualizar lo que sucede. Además, estas grabaciones se podrán conservar un máximo de 30 días, pasado ese tiempo tendrán que ser borradas. No obstante, si hay denuncias de delitos, se mantendrá todo guardado el tiempo que sea necesario siguiendo las directrices de la policía o a petición de un juez.
Multas por infringir la normativa
En caso de infringir lo dictado en la normativa ya sea por desconocimiento o por una incorrecta instalación, la Agencia Española de Protección de Datos establece una serie de sanciones. Estas multas van desde los 900€ hasta los 600.000€ según se califiquen como infracción leve, grave o muy grave. Para evitar este tipo de inconvenientes y garantizar la correcta instalación de un sistema de videovigilancia en una comunidad, confiar en compañías con experiencia resultará primordial. En Mafer contamos con los profesionales y los modelos de cámaras necesarios para realizar un montaje que además de cumplir con la legislación, otorgue mayor seguridad a todo el entorno donde resides.
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