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Antenas colectivas en una comunidad de vecinos

22 febrero, 2022

Antena en una comunidad de vecinos. Antenistas Bilbao.

¿Es obligatorio instalar una antena colectiva?

La aparición de conflictos en las reuniones de vecinos es algo habitual. El no estar de acuerdo entre los miembros a la hora de reparar alguna instalación comunitaria o hacer una reforma supone diferencias importantes. El tener que poner mensualmente una determinada cantidad de dinero puede generar conflicto entre sus integrantes. Uno de los más habituales es todo lo referente a la antena colectiva en una comunidad de vecinos. ¿Quieres saber si es obligatoria su instalación? ¿Quién se encarga de su instalación y mantenimiento? ¿Es lo mismo una antena de TV que una parabólica?

Generalmente, las discrepancias suelen aparecer cuando se tratan temas como el gasto y mantenimiento de la antena comunitaria.

Para conocer exactamente lo que dice la legislación, lo mejor es dejarse asesorar por un equipo de antenistas en Bilbao. Ellos serán los encargados de efectuar las labores de instalación, reparación y mantenimiento precisas para su correcto funcionamiento y que todos los inquilinos reciban una imagen nítida y de calidad.

¿Quién paga la antena colectiva?

Muchas de las pautas, por no decir todas, de lo referente a las instalaciones comunitarias aparecen reflejadas en la Ley de Propiedad Horizontal. Esta normativa establece en el punto 9.1 que contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización.

Si a esto añadimos que el Código Civil califica a la antena colectiva como un elemento común, se puede dilucidar que este gasto debe ser asumido por todos los vecinos del inmueble.

¿Es obligatorio instalar una antena comunitaria?

Según el Real Decreto 1/1998, la instalación de una antena colectiva es obligatoria en una comunidad de vecinos. De esta forma, se evitará que se coloque una antena por vecino afeando el entorno sin contar que puede resultar contraproducente.

Sobre este aspecto también hay que mencionar que existen algunas excepciones como son los tipos de antena, el tipo de comunidad etc., pero siempre que sea posible se deberá apostar por un único aparato para todo el inmueble.

¿Y si es parabólica?

Referente a las antenas parabólicas la situación no varía en demasía. La votación de su instalación tendrá que ser un tercio de los presentes que a su vez representen un tercio de las cuotas de participación. Eso sí, no se puede prohibir su instalación ya que se estaría vulnerando el derecho de acceso a la información, pero su aprobación es necesaria ya que se va a colocar en un elemento comunitario. En cuanto a las labores de mantenimiento etc., serán los propietarios que tengan este servicio los encargados de pagar los gastos que genera esta instalación. En caso de que algún vecino quiera acceder posteriormente, deberá abonar la parte proporcional de los mismos.

Solicite información llamando al 94 447 63 64 o a través del siguiente formulario

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    22 febrero, 2022

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